martes, julio 31, 2012

PRESIDENTE DESCONOCIDO


“Localidad Campamento Alfa a 4 de Septiembre de 1996. ASUNTO: Petición A QUIEN CORRESPONDA: Por este conducto las Autoridades Ejidales de Campamento Alfa Municipio de Tamasopo, S.L.P. por este conducto solicita conocer los motivos por los cuales se quiere desconocer al C. Benito Martínez Rodríguez, Presidente Municipal de Tamasopo, S.L.P. Así como también la Asamblea ejidal del mismo ejido. Ya que hasta el momento se desconocen los motivos, razón por la cual solicitamos conocer los problemas para ver si apoyamos o no. P.D. Motivos comprobables. Atentamente Los que a continuación firmamos: Ma. del Carmen Sánchez, Catalino Enriquez M., Josefa Castillo J., Alfonso Rodríguez, Hilaria Camacho, Cira Zárate C., Guadalupe Guillén, Bardomiano Guerrero, Tomás Castillo, J. Guadalupe Hernández, Casimiro Martínez H., Felipa Martínez, Tomás Martínez, Rodrigo Rosales R., Virgilio Sánchez G., Juan Martínez C., Eleazar Enriquez, Sergio Enriquez M., Andrés Enriquez, Profr. Germán Moreno Castro, Antonio Enriquez García”, entre otros. (Rúbricas). Si bien es cierto que la anterior misiva es hasta cierto punto inocente, refleja una realidad innegable, las pretensiones por desconocer al edil en turno, de parte de Cabildo. De hecho sucede el Sábado 10 de Agosto de 1996, en plena Asamblea Ordinaria de Cabildo. Entre las causas que originan la actitud citan, en la prensa regional “para no seguir siendo cómplices del desorden financiero y administrativo y la ingobernabilidad que existe, incluso acoso sexual a la mayoría de las empleadas por parte del Presidente Municipal…”, aunado a ello, el despido injustificado de empleados quienes encabezaban las aspiraciones justas por conformar el Sindicato de Trabajadores del H. Ayuntamiento. El movimiento, encabezado por los Regidores Rigoberto García Martínez, Rogelio Romero Mata, Darío Palomo Sosa, Higinio Castro Alvarado y el Síndico Municipal Gilberto de Santiago Guillén, se hacen presentes en el Congreso del Estado para dar a saber los hechos pero son ignorados y regresan sin lograr el cometido propuesto; junto a ellos, iban además representantes cañeros y algunos ciudadanos del Municipio. En acción conjunta, 17 de los 24 trabajadores del Ayuntamiento se manifiestan en un plantón laboral a la entrada del edificio municipal para ejercer presión y reconocimiento a su figura jurídica -en trámite-, esto el Domingo 11 de Agosto de 1996. El gremio laboral estaba encabezado por la señora Artemisa Alvarado Méndez quien fungía como Secretaria General del naciente gremio y era, una de las despedidas por el Edil quien a su favor manifestaba que todo el movimiento era orquestado desde un Partido político rival al PRI, junto con Rafael Ponce representante de los Derechos Humanos, así como el Síndico Municipal y un ciudadano que debía suma considerable al Ayuntamiento quienes solo buscaban desestabilizar al H. Ayuntamiento. Al siguiente día, muy temprano, se hacen presentes las fuerzas policiacas para resguardar el edificio, Agentes del Grupo Alfa de Protección Civil; provenientes de la Capital potosina, se postran ante la entrada del inmueble. Verdad o no, lo cierto es que para la ciudadanía muchos actos del Enfermero Martínez Rodríguez no pasaban desapercibidos. Pedro Gómez Lázaro, Presidente de la Cámara de Comercio reconocía la infinidad de problemas internos, pero señalaba que “le falta sensibilidad y tacto político”, y señalaba además que “las fallas de la administración municipal se están ventilando de manera muy parcial en el Congreso del Estado”. Efectivamente, pasaron los días y pasó la novedad de los acontecimientos, el Edil concluyó su periodo pero el mismo Congreso del Estado le aplica severas sanciones, entre ellas le suspende sus derechos políticos de pretender representaciones populares mediante procesos electorales por más de una década.

lunes, julio 23, 2012

ACTA DE ASAMBLEA DE LA SECC. 92


Mediante las Actas de Asambleas nos permitimos adentrarnos en el pretérito de nuestras organizaciones sociales, entendemos su evolución y son, constancia viva de la existencia de sucesos, personajes, preocupaciones y soluciones de su cotidianidad. La Sección 92 del Sindicato Azucarero del Ingenio Rascón ya desapareció, igual su factoría que producía panela y aguardiente, pero surgen del olvido algunas espléndidas páginas que nos retratan episodios obligados a compartir, aquí una de esas actas de asamblea: “En el poblado de Ingenio Rascón, Municipio de San Nicolás de los Montes, Estado de San Luis Potosí, siendo las veinte horas del día veinte de febrero de Mil Novecientos Cuarenta y dos, se reunieron en el Salón de Sesiones de la Sección # 92 del Sindicato de Trabajadores dela Industria Azucarera y Similares de la R.M., los CC. Ing. Ricardo M. Frías, Jefe de la Zona 22 del Banco Nacional de Crédito Ejidal, S.A., Ing. José Briones Rodríguez, Delegado de Promoción Ejidal, Pascual Martínez Trejo, Presidente Municipal de esta comprensión, miembros del Comité Ejecutivo de la mencionada Sección # 92 y la mayoría de los integrantes de dicha Sección, con el objeto de consultar la opinión de las autoridades representadas por las tres personas citadas en primer término, acerca del acuerdo tomado por la Asamblea en sesión del día doce de los corrientes. Comprobado el quórum necesario y legal se dio lectura al acta de la referida Sesión anterior cuyo principal acuerdo en síntesis consiste en que el patrimonio que en virtud de fallo arbitral relativo pasó a poder de la Sección # 92 como indemnizaciones constitucionales reclamadas a la Compañía Continental, S.A., según adjudicación decretada por la Junta Federal Números 3 y 7 de la Ciudad de México, D.F., conforme al inventario que se adjunta en la presente acta, se transfiriera en propiedad de la Sociedad Cooperativa de Producción “Damián Carmona”, cuyos componentes son los mismos que integran la Sección Sindical # 92, y que este organismo conserve dicho patrimonio con carácter inalienable o no susceptible de venta o traspaso. Acto continuo el C. Secretario General del Comité Ejecutivo pidió al C. Ingeniero Ricardo M. Frías que se sirviera emitir su opinión al respecto y éste tras de algunas consideraciones sobre el particular expresó su amplia aprobación al acuerdo dictado y en igual forma lo hizo en seguida el C. Delegado de Promoción Ejidal así como el C. Presidente Municipal de Agua Buena, abundante todos ellos en sus exhortaciones al sacrificio y al trabajo como condición para que el mencionado patrimonio se conserve y rinda sin obstáculos el mejor beneficio de la colectividad. Con el respaldo y sanción de las autoridades mencionadas, se consideró suficientemente discutido y aprobado este punto; consultando el Secretario General de la Sección a los concurrentes si tenían otros asuntos qué tratar y a solicitud para el efecto hizo uso de la palabra el C. Luciano Colunga, en representación de catorce miembros de la Sociedad Local de Crédito, para consultar si a dicho grupo, no obstante haber pertenecido al Sindicato, no se le reconocían derechos sobre el patrimonio de la Sección. El Secretario General pidió la opinión de las autoridades representadas en este acto y el C. Delegado de Promoción Ejidal, tras de pedir antecedentes y aclaraciones al respecto, emitió su opinión en el sentido de que se hiciera una consulta sobre el particular al Departamento del Trabajo, por ser esta Dependencia la indicada para resolver el caso; pero haciendo hincapié en que en uno u otro caso, el acuerdo tomado en relación con el patrimonio de la Sección era legal por ser una mayoría quien les sancionara tanto en lo que concierne a su transferencia a la Sociedad Cooperativa “Damián Carmona” como a su inalienabilidad futura. Con lo anterior se dio por terminado el acto a las veintidós horas firmando la presente los que intervinieron y supieron hacerlo y a ruego de los que no saben lo hace uno ante dos testigos. Damos Fe. C. Jefe de la Zona 22 del Banco Nacional de Crédito Ejidal, S.A. Ing. Ricardo M. Frías. (Rúbrica). C. Delegado de Promoción Ejidal y Presidente de la Junta Regional de Fomento Agropecuario. Ing. José Briones Rodríguez. (Rúbrica). C. Presidente Municipal de Agua Buena. Pascual Martínez Trejo. (Rúbrica). A ruego de los siguientes que no saben firmar: Gil Rodríguez, Cirilo Méndez, Antonio Jiménez, Pedro Tinajero, Jesús Vega, Encarnación Vargas, Honorio Sánchez, José Gallegos, Alejo Hernández, Guillermo Méndez, Francisco Sánchez, Cruz Hernández, Herminio Lagunas, Francisco Naranjos, Tomás Beltrán, Santos de León, Arnulfo Moctezuma. Lo hace el C. Juan H. González (Rúbrica). Testigos: Adolfo Alva Millán y Manuel Ruiz Díaz (Rúbricas)”. Firman además, entre otras personas, Delfino Gutiérrez, Dario Sánchez, Arcadio García, Primitivo Contreras, Pedro Rodríguez, Policarpo González, Luciano Galván, Martín Rubio, Simón Hernández, Pedro Cerda, Jesús Moctezuma, Carlos Castilla, Reyes Madrigales, Fidel Torres y Miguel López.

viernes, julio 20, 2012

CASO DEL ASESINATO DE JOSÉ GÓMEZ


El siguiente expediente nos desnuda el proceso mediante los primeros oficios emitidos por instancias locales sobre el asesinato de José Gómez, vecino de Ingenio Rascón, un señor de negocios con buenos privilegios al formar parte del círculo político selecto en aquellos ayeres. “C. Pascual Martínez Presidente Municipal Agua Buena, S.L.P. Por el presente pongo en el superior conocimiento de Usted que anoche, aproximadamente a las 11 ½ fue asesinado el Sr. José Gómez, vecino ampliamente conocido de éste lugar. Suplico a Usted se sirva ordenar a quien corresponda pase a este lugar, sin falta hoy mismo, a hacer las investigaciones de rigor. Atentamente SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. Ingenio Rascón, S.L.P., Agosto 10 de 1941. “Ingenio de Rascón, S.L.P., Agosto 10 de 1941. FUI AUTORIZADO PARA REBIZAR LOS DOCUMENTOS DE QUE EL FINADITO JOSE GOMEZ TRAIA EN CARTERA, DE QUE EL PORTABA CUANDO LO ASESINARON, Y DICHA AUTORIZACION ME LA DIO EL JUEZ AUXILIAR DEL POBLADO. DATOS, SON LOS SIGUIENTES: Pues el compañero José Gómez portaba una lámpara de tres pilas, lo mismo que un peine para peinarse, un documento de un anticipo que había liquidado, eso venía en calidad de recibo de dicho pago, una hojita donde contenía una oración, dos cajas de cerillos y una caja de cigarros Faros, y un bloquecito para escribir y una pluma Fuente en buen estado de servir, sin marca, un pañuelo blanco, una cartera vacía de cierre automático, color café. De conformidad del Juez Auxiliar. Pedro Cerda C. Juez Auxiliar Delfino Rivas”. El Juez Auxiliar 2º. Delfino Rivas”. “El ciudadano Agente del Ministerio Público en funciones. Presente: Visto lo anterior, se servirá usted trasladarse inmediatamente al lugar de los hechos acaecidos en el Ingenio de Rascón, S.L.P., para que se practiquen las primeras diligencias a que haya lugar. Protesto a usted las seguridades de mi atención. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. Agua Buena, S.L.P., agosto 10 de 1941. El Presidente Municipal PASCUAL MARTINEZ TREJO. Secretario MANUEL MIRELES. (Rúbricas) Recibido en su fecha a las 11 once horas.- Conste. Doy fe. El Agente del Ministerio Público. ODILON MENDEZ”. “En el Ingenio de Rascón, Municipio de San Nicolás de los Montes, del Estado de San Luis Potosí, siendo las quince horas del día diez de Agosto de Mil novecientos cuarenta y uno, reunidos en la Oficina de la pagaduría de la Sociedad Cooperativa Ejidal “Damián Carmona” el suscrito 2º. Comandante de la 2ª. Compañía del 75 Batallón del Ejército, los CC. Bernardo García y Concepción Cázeres, Segundo Comandante del Tercer Pelotón de la Primera Sección y Primer Comandante del Pelotón de la Primera Sección; respectivamente y el soldado reservista C. Faustino Cruz así como el C. Luciano Colunga Medina, ejidatario y vecino de este lugar, procedí a tomar las declaraciones al reo Florentino Flores como presunto responsable del asesinato del que en vida se llamó José Gómez, vecino de este lugar, ejidatario perteneciente al Ejido Ingenio de Rascón y Tesorero de la Sociedad Cooperativa Ejidal “Damián Carmona”.- Interrogando al reo Florentino Flores porqué cometió el asesinato en la persona del citado C. José Gómez, dijo: Lo primero fue que yo venía del potrero del plan del Ingenio de cacería encontrándome yo con él y diciéndome él que si yo lo andaba cuidando, yo le contesté que no, que nada me debía y nada le quitaba y entonces él se regresa para atrás donde yo estaba sacando la pistola queriéndome tirar, fue cuando yo le disparé a la distancia de unos quince metros con una escopeta calibre dieciséis, fue cuando oí y recogí la pistola cuando corrí, siendo entregada al C. Juan Rodríguez cuando me aprendió. Corrí al potrero de los Ibarra, donde fui aprendido a las doce del día entregando la escopeta que me había prestado el Señor Pedro Ibarra, vecino de este lugar. No habiendo rencillas ni disgustos con el finado. Nada más en los momentos. Una vez que declaró el reo Florentino Flores lo que aquí está escrito procedí a tomar declaración al reo Pedro Ibarra el cual dijo: que el señor Florentino Flores le pidió prestada la escopeta calibre número 16 de su propiedad y que nadie sabe el pensamiento de otra persona, y dijo: yo se la presté como amigo y como se puede prestar un arma a cualquier amigo y que no tiene más que decir. Por lo que se da por terminada esta diligencia levantándose la presente acta por cuadruplicado, firmándola los que en ella intervinieron. Doy fe. (Rúbricas). “DECLARO: Florentino Flores. Que le dijo Marcelino Vargas que lo encontraba en el Tennis y luego él me dice así: cómo le haremos con estos hombres y yo le contesté que bien que los dejáramos que no les hiciéramos caso y entonces él me dijo así: él iba a comprar una pistola para dármela a mi y luego cuando vió que él no podía comprar esa pistola dijo que iba a Tampico a ver si allá conseguía lo cual en su venida de Tampico me dijo que no había conseguido nada de pistola y que a ver cómo le hacía yo para ejecutar el asesinato de José Gómez diciéndome que alcabo ál me ayudaba y con respecto al arma escopeta calibre 16 yo la conseguí con segura intención de ejecutar el asesinato de José Gómez porque hacía como un mes que él me andaba insistiendo que hiciera tal asesinato además yo se lo puedo declarar delante de él que me dijo: que él me daba la pistola y me ayudaba a salir de la cárcel y por esto me comprometí a hacer el asesinato de José Gómez. Firma el malhechor. Florentino Flores. Ingenio Rascón, S.L.P. Agosto 10 de 1941”. “En el Ingenio de Rascón, del Municipio de San Nicolás de los Montes, del Estado de San Luis Potosí, siendo las 11 once horas del día 11 once de agosto de mil novecientos cuarenta y uno, el suscrito Agente del Ministerio Público ciudadano Odilón Méndez y el suscrito Secretario que actúa de parte de la anterior Dependencia Judicial por Ministerio de Ley, constituidos en el lugar de los hechos en que tuviera lugar el asesinato del que en vida se llamaba JOSE GOMEZ, el suscrito Agente del Ministerio Público ordena que el responsable del homicidio Florentino Flores, haga reconstrucción de los hechos, hablando en la siguiente forma: “Venía de cacería cuando encontré en mi camino o sea la calle del Billar y al dar la vuelta en la calle de la casa colorada, cuando me encontré a José y me dijo que si lo andaba ispiando, que que le cuidaba, y viendo que me sacara la pistola yo retrocedí como viera el anterior movimiento y colocando el arma que trai consigo en posición para disparar haciéndole el primer disparo en el pecho y como dio la vuelta para caer le hice el segundo disparo que le pegó en el costado derecho, en la nalga, y fue cuando cayó, por lo que viendo eso procedí a emprender la huída, brincando hacia el lado en que estuviera el muerto y como arrojara la pistola al suelo se la quité y brinqué el alambre corriendo hacia dentro del solar del domicilio de Juan Rodríguez y cruzando corrí con la intención de irme a la casa, pero con el temor de que me vieran preferí correr al monte y me devolví por la otra calle escondiéndome en el monte”. Como dice no tener más que decir y existiendo conjeturas sobre su anterior declaración, se ordena se suspenda aplazándola para nueva orden. Leída la anterior declaración al que la rindiera y encontrándose conforme, la firma ante el suscrito que de todo da fe. Declarante: Florentino Flores”. “Ciudadano Serafín Izeta Flores. Comandante del 75 Batallón del Ejército. Presente: ENCONTRÁNDOSE esta Autoridad Judicial que es a mi cargo con la dificultad de no encontrar contingente armado para que los reos Florentino Flores, responsable del homicidio de José Gómez y encubridores Ernesto Flores, Nicolás Medellín, Dionisio Estrada, Encarnación Salcedo y Pedro Ibarra por la misma causa; he de agradecer a usted que se sirva proporcionarnos su valioso contingente para que los antes mencionados y bajo las precauciones suyas sean conducidos a la Cabecera de este Municipio, Agua Buena, S.L.P., lugar donde se tramitaran las Diligencias respectivas restantes. Muy agradecido por su valiosa cooperación que una vez más se sirva proporcionarnos, y con ello, solo me resta reiterarle mis agradecimientos más sinceros por habernos facilitado lo que antes se expresa. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. Ingenio de Rascón, S.L.P., a 11 de agosto de 1941. El Agente del Ministerio Público ODILON MENDEZ”. “En el Ingenio de Rascón, del Municipio de San Nicolás de los Montes, del Estado de San Luis Potosí, siendo las 10 diez horas del día 11 once de agosto de 1941 mil novecientos cuarenta y uno, el suscrito Odilón Méndez, con carácter de Agente del Ministerio Público en funciones que actúa con Secretario en la forma ordinaria de Ley: CONCEPTUANDO: Que dentro de los términos legales y previas las investigaciones y declaraciones que han sido levantadas por el homicidio acaecido en la personalidad del que en vida llevara el nombre de JOSE GOMEZ, y encontrando como presunto responsable de dicha muerte a FLORENTINO FLORES, quien se encuentra confeso de lo anterior, así como NICOLAS MEDELLIN, DIONICIO ESTRADA, ENCARNACION SALCEDO, ERNESTO FLORES y PEDRO IBARRA, como cómplices y encubridores del anterior suceso, proveyendo en lo anterior, pide al ciudadano COMANDANTE del 75 Batallón ciudadano SERAFIN IZETA FLORES, para que desde luego y encontrándose bajo su custodia los antes mencionados para que acompañe y conduzca a los reos detenidos hasta la fecha al Ingenio de Agua Buena, jugar donde se seguirá tramitando dentro de su jurisdicción las diligencias a que haya lugar. Que igualmente encontrándose dentro de su poder un arma la cual representa el cuerpo del delito, que aparece como SISTEMA MAUSSER bajo la matrícula número 17975, así como una pistola que le fue sustraída al occiso calibre 22 veintidós matrícula 101593, marca Colt, se servirá poner a disposición de esta Autoridad Judicial para dar la tramitación y concluir para el caso las diligencias que condenan a los mencionados. Con la seguridad que la presente acta le sirva de acuso de recibo de los reos, así como de las armas que confiesan el delito, para que a la vez salvaguarde los intereses que se encontraban a su cargo, se servirá prestar a esta Autoridad las garantías pedidas para así proceder a la remisión de los reos. Así lo proveyó, decretó y firmó el ciudadano Agente del Ministerio Público que suscribe y que de todo lo actuado da fe. Síndico Municipal en funciones: ODILÓN MÉNDEZ. Srio. FERNANDO RODRIGUEZ L.” “Of. S/n. ASUNTO: Que se pide el auxilio de esa Autoridad para proceder a la captura y aprehensión del que se indica. Ciudadano Alcalde Único Popular Villa de Tamasopo, S.L.P. ENCONTRANDOSE de por medio la responsabilidad judicial y penal que se encuentra en contra de la personalidad del señor MARCELINO VARGAS, y teniendo conocimiento esta Autoridad Judicial que represento que dicho individuo se encuentra dentro de la Jurisdicción que se le está encomendada, he de agradecer a usted se sirva librar orden de aprehensión en contra del mencionado Vargas. Esperando verme atendido por su valiosa ayuda, solo me resta ofrecerle para casos análogos al presente, mi valiosa cooperación, dentro de las posibilidades. ATENTAMENTE. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION Agua Buena, S.L.P., Agosto 11 de 1941. El Agente del Ministerio Público. ODILON MENDEZ”. “AGENCIA DEL MINISTERIO PUBLICO AGUA BUENA, S.L.P. Número 13 Sección D. Ramo Judicial. Asunto: Se endosan diligencias. Ciudadano Juez Único Propietario Constitucional Presente: A CONSECUENCIA de las Diligencias practicadas hasta la fecha con motivo del asesinato de JOSE GOMEZ, acaecido en el Ingenio de Rascón de esta Jurisdicción, me permito endosárselas para su debida tramitación y que se lleven a buen término dentro de su Autoridad Judicial. Así mismo me permito remitir a usted y poner a su disposición el arma cuerpo del delito que es una escopeta estilo Mausser, tipo 16, Matrícula 19673 y una pistola marca colt, calibre 22, Matricula (ilegible) que le fue robada al occiso después de su muerte por el presunto responsable del homicidio quien lo fue FLORENTINO FLORES que también queda a sus respetables órdenes. Así mismo aparecen como cómplices o encubridores PEDRO IBARRA que aparece como dueño del arma del cuerpo del delito y los señores MIEMBROS DE LA POLICIA LOCAL DEL MISMO INGENIO DE RASCON, que se cree que tienen una directa intervención quienes responden al nombre de ERNESTO FLORES, NICOLAS MEDELLIN, DIONICIO ESTRADA y J. ENCARNACION SALCEDO, quienes en la misma forma quedan a su disposición, encontrándose todos ellos recluidos en la cárcel pública municipal del lugar. Lo que me permito remitir a usted para que desde luego proceda a tener conocimiento de los hechos y sea de su jurisdicción el fallo que deba de dársele a las mismas. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. Agua Buena, S.L.P., a 12 de agosto de 1941. El Agente del Ministerio Público. ODILON MENDEZ. Srio. FERNANDO RODRIGUEZ LEDESMA”. “Número 12-Sec. D. Ramo Judicial Asunto: Que se sirva hacerse cargo de los reos que abajo se mencionan y recluirlos en la cárcel pública. Ciudadano Comandante de la Policía Municipal Presente: Se servirá usted recibir y hacerse cargo de los reos: FLORENTINO FLORES, presunto responsable del homicidio perpetrado en la personalidad de José Gómez, en el Ingenio de Rascón, así como de PEDRO IBARRA, ERNESTO FLORES, NICOLAS MEDELLIN, DIONICIO ESTRADA y J. ENCARNACION SALCEDO, que se encuentran como cómplices o encubridores del delito antes mencionado. Conduce a los reos antes mencionados el ciudadano Serafín Izeta Flores, del 75 Batallón del Ejército, quien deberá entregarle de conformidad y a la vez usted firmar la anotación correspondiente que ya se encuentran bajo su vigilancia los delincuentes. Lo que me permito comunicar a usted para su debida cumplimentación, agradeciéndole infinito que desde luego proceda a acusar recibo. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. Agua Buena, S.L.P., a 12 de agosto de 1941. El Agente del Ministerio Público ODILON MENDEZ. Srio. FERNANDO RODRIGUEZ L. Recibí del poder del Segundo Comandante de la Segunda Compañía del 75 Batallón del Ejército ciudadano Serafín Izeta Flores, por los reos que se indican: Florentino Flores Ernesto Flores Pedro Ibarra Nicolás Medellín Dionicio Estrada Encarnación Salcedo. Para constancia le extiendo el presente recibo al que me hace entrega en Agua Buena, San Luis Potosí, a los 12 doce días de Agosto de mil novecientos cuarenta y uno. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. El Comandante de Policía. HILARIO SEGURA”. “Número 16-Sec. D. Ramo Judicial. Asunto: Que se pide por segunda vez la remisión de MARCELINO VARGAS. Ciudadano Alcalde Único Propietario. Villa de Tamasopo, S.L.P. Como hasta la fecha no se ha dignado hacer referencia a la comunicación y orden de remisión del individuo Marcelino Vargas que se aprehendió en ese lugar a petición de ésta Autoridad como segundo responsable al homicidio de JOSE GOMEZ, he de merecer a usted que se sirva remitirlo inmediatamente con el ciudadano Comandante de la Policía de este lugar, quien se encargará de hacerlo presente ante esta Autoridad. Muy agradecido por sus atenciones y con la seguridad que obrará en la forma que se desea, ya que de no hacerlo entorpecería la labor de ésta Autoridad, sólo me resta hacerle presentes mis atenciones. Agua Buena, S.L.P., agosto 13 de 1941. El Agente del Ministerio Público. ODILON MENDEZ. Srio. FERNANDO RODRIGUEZ L.” “AGENCIA DEL MINISTERIO PUBLICO. Número 28-Sec.-D.- Ramo Penal-Judicial. Asunto: Que se le otorga libertad Preparatoria a los que se indican. A QUIEN CORRESPONDA: Por Auto de Ley y bajo Preceptos fundamentales Penales hace constar el suscrito Agente del Ministerio Público que actúa con Secretario en la forma ordinaria de Ley: Que se encuentra bajo Auto Primero del expediente –Diligencias tramitadas en el homicidio de JOSE GOMEZ en que aparece como presunto responsable FLORENTINO FLORES, que bajo LIBERTAD PREPARATORIA quedan los señores ERNESTO FLORES, ENCARNACION CANCEJO y NICOLAS MEDELLIN, basándose dentro de los principios fundamentales que contraen como OBLIGACIONES: PRIMERO.- Ninguno de los que bajo esta Libertad quedan, puede quedar libres bajo su derecho. SEGUNDO.-Que para cualesquier salida de uno de ellos del lugar de su vecindad, puede hacer un viaje fueras del Municipio, sin antes previo aviso o permiso correspondiente de la Autoridad Judicial. TERCERO.-Que se les queda prohibido estrictamente prestar sus servicios en cualesquier puesto público. CUARTO.-Que al ser requeridos para que se presenten ante esta Autoridad, deberán de hacerlo sin demora alguna. QUINTO.- Que la violación a cada una de sus anteriores obligaciones, hará dañar u obrar en su contra. SEXTO.-Que así mismo el Ciudadano Juez Auxiliar al mismo tiempo que vigilarlos tiene la obligación de velar por que no se les permita daños en su personalidad y que para el caso él mismo será responsable a cualesquier obra que se emprenda en contra de ellos, ya sea injuria de palabra o de hecho. Que con el fin de no menoscabar sus derechos y obligaciones antes descritas y resultando agravantes cumplimentarios, a cada uno de los interesados se le da copia que se certifica auténtica, así como se remite una al Ciudadano Juez Auxiliar del Ingenio de Rascón y al Ciudadano Presidente Municipal de este mismo. Lo que se comunica para conocimiento de cada uno de los interesados. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. Agua Buena, S.L.P., Agosto 15 de 1941. El Agente del Ministerio Público ODILON MENDEZ. Srio. Fernando Rodríguez Ledesma”. “Agua Buena, S.L.P., Agosto 16 de 1941. Ciudadano Juez de Primera Instancia. Ciudad Valles, S.L.P. COMETIDO un asesinato que guarda de por sí los tres agravantes que c califica con severidad la Ley, y estando de por sí allanadas las Diligencias para poder remitir los que se encuentran como presuntos responsables al delito, y poniendo por caso, que le Ciudadano Juez de Primera Instancia en el Distrito de Cárdenas, que es al que le toca conocer de éste asunto, por no existir, toda vez que fue asesinado también el mismo día nueve del mes en curso y hasta la fecha no hay autoridad Judicial que pueda conocer de éste asunto, he de agradecer a usted que se sirva librar órdenes para que tanto el archivo de Diligencias practicadas hasta la fecha como los reos, sean remitidos a ese lugar por ser el más próximo. Esperando que su resolución sobre el asesinato cometido en la personalidad del señor JOSE GOMEZ, que por no haber Autoridad Judicial Competente dentro del Distrito a que pertenece éste Municipio, pueda ser calificado en ese que usted preside, solo me resta ofrecerle la seguridad de mi atención. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. El Agente del Ministerio Público ODILÓN MENDEZ. Srio. Fernando Rodríguez L”. “Número 19-Sec. –C- Ramo Judicial Asunto: Que se pide que a la mayor brevedad posible se remita al reo Florentino Flores. Ciudadano Presidente Municipal Presente: En vista que ha transcurrido el plazo de sobra en que un reo que por cualesquier delito se encuentre en manos del Juzgado, y encontrándose que las Diligencias se encuentran en condiciones de hacer su remisión, he de agradecer a usted que se sirva disponer que el reo FLORENTINO FLORES, que se encuentra como presunto responsable de la muerte de José Gómez, a la mayor brevedad posible sea remitido, y para el caso ya esta Oficina se encarga de remitir por correo las Diligencias respectivas. Muy pendiente de sus atenciones y con la seguridad que se verá atendida mi petición, toda vez que de no ser en esa forma pueda haber un disturbio moral en mi contra, por ello solo me resta ofrecerle la seguridad de mi más atenta y distinguida consideración. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. Agua Buena, S.L.P., Agosto 20 de 1941. El Alcalde Único Popular LÁZARO NUÑEZ C.”

ÚLTIMOS DÍAS DE SOMBRA


“En la Villa de Tamasopo, Estado de San Luis Potosí, siendo las 7 horas del día veintisiete de Julio de mil novecientos treinta y ocho, se presentaron las señoras Rosa Martínez, María Guadalupe Gutiérrez, María Isabel Rodríguez y Felipa Rodríguez, quejándose la primera de que el C. Pedro M. -Mayor- Izaguirre penetró a su casa habitación en estado de ebriedad tratándole con palabras obscenas y amenazándola con una navaja de bolsillo y estrujándola groseramente, dando aviso de éstos hechos la joven Rosa Méndez a ésta Presidencia Municipal, habiéndose pedido auxilio al C. Teniente del 44 Batallón encargado de la Guarnición de ésta plaza quien desde luego dispuso que tres soldados armados se presentaran en el lugar de los hechos para aprender al culpable que fue traído al cuartel donde después de haber hablado con el mencionado Teniente éste lo puso en inmediata libertad, ignorando ésta Presidencia Municipal porqué causa, el mismo día a las veintiuna horas P.M. se presentó la señora Ma. Guadalupe Gutiérrez quejándose que éste mismo sujeto se había metido a su casa maltratándola delante de su esposo Sr. Pompello Castillo y tratándola de golpearla, diciendo que su esposo se había abstenido decir en su defensa en virtud del carácter de Izaguirre y el estado de ebriedad en que se encontraba podía haberse originado un altercado de mayores consecuencias. La señora Ma. Isabel Rodríguez mencionada arriba también quejándose que esa misma noche como a las 20 horas penetró el mismo Pedro Izaguirre a su casa tratando de sacar a su criada Tranquilina Morales con quien había vivido maritalmente antes y no estando ellas dispuestas a permitir que entrara a su casa sin permiso, hablando groserías y al tratar de echar en cara su mal proceder, éste, en el estado de embriaguez no atendió razones por lo que se vio precisada a hacer uso de un palo que encontró a la mano para amenazarlo, creyéndolo que por ese medio se retiraría lo cual no consiguió, antes por el contrario, se abalanzó sobre de ella, tratándola de golpearla. .- La señora Felipa Rodríguez mandó al señor Andrés Castro en su representación para presentarse ante esta Presidencia Municipal en virtud de encontrarse enferma a consecuencia de un susto originado y causado por el tantas veces mencionado Izaguirre, por haberse presentado en su casa a altas horas de la noche golpeando las puertas creyendo tal vez que se encontraba escondida su amasia Tranquilina Morales, sigue diciendo la exponente que no es la primera vez que sucede, que ya con anterioridad ha hecho cosa más o menos igual porqué allí se aloja algunas veces la Sra. Morales que es su sobrina. Antes que sucedieran los hechos que quedan anotados, y precisamente el mismo día como a las 16 horas ya le había lanzado algunas indirectas al C. Presidente Municipal Interino, señor Isaías Zamudio, diciendo que las autoridades de a hoy no soplaban, y lo que se refiere en mejoras materiales no había colocado ninguna piedra y que solo se enriquecían a costa del pueblo refiriéndose tal vez al comercio que tiene establecido el señor Zamudio desde hace varios años, y que no obstante que su hermano y que no obstante que su hermano Pedro Izaguirre ya no era Mayor del Ejército Reservista, pero a hoy tiene otras representaciones de más relieve.- Haciendo constar que esto se hubiera evitado si el C. Teniente no lo hubiera dejado en libertad una vez que se había aprendido y que esto dio origen a que siguiera tomando en unión de varios soldados que están aquí de guarnición de la plaza y cometiendo los males antes dichos.- No habiendo más que exponer, se levantó la presente Acta por triplicado. Villa de Tamasopo, S.L.P., a 28 de Julio de 1938. Firmando para constancia las quejosas que supieron hacerlo”.
Del anterior texto, extraemos que existieron dos personas de nombre Pedro Izaguirre, uno lo fue el personaje quizás, más representativo de la Cabecera Municipal, cedillista y con enorme poder e influencia en la región, el otro, hermano menor del primero, protagonista de episodios como los señalados en el cuerpo del mismo texto quien al parecer, se desenvolvía bajo la protección del primero.

jueves, julio 19, 2012

MATRIMONIO DE UN CUBANO


La presencia de cubanos en Agua Buena lo podemos entender como la estrategia del empresario azucarero que con grandes inversiones en ambos países moviliza especialistas del ramo para incrementar la productividad en una segunda factoría. Así, nuestra comunidad recibe desde finales de la década de los veinte; del Siglo XX, a selecto grupo de cubanos, mismos que no solo compartirán sus conocimientos al interior de la vida productiva del Ingenio sino que además, se volverán, poco a poco, componentes del pueblo. Ya anteriormente lo habíamos señalado, en algunos artículos, pero ahora, agregamos íntegro el expediente de matrimonio civil de uno de esos jóvenes llegados de la isla orogénica del Mar de las Antillas. “EXPEDIENTE RELATIVO AL MATRIMONIO CIVIL DEL SEÑOR RAMON PARQUET BASMUEVA CON LA JOVEN LORENZA PONCE: VERIFICADO EL DIA 15 DE JUNIO DEL AÑO DE 1931, BAJO EL ACTA NUMERO 8 DEL LIBRO CORRESPONDIENTE. Ciudadano Juez del Registro Civil. Agua Buena, S.L.P. Ramón Parquet Basmueva, soltero de 25 veinticinco años de edad, azucarero, originario de Cárdenas, Cuba, y vecino de Agua Buena, Estado de San Luis Potosí; hijo legítimo de Juan Parquet y la señora Cristina Basmueva ya finados. LORENZA PONCE, soltera de 18 diez y ocho años de edad, de ocupación doméstica, originaria de Alaquines, del Estado de San Luis Potosí, y vecina de este lugar; hija legítima del señor Felipe Ponce ya finado y de la señora Crescencia Saldierna que vive en este lugar. Ante Ud. respetuosamente comparecemos para exponer que deseamos celebrar matrimonio Civil, para lo cual no existe ningún impedimento; pues el primero de los interesados tiene la edad requerida, y la segunda tiene el consentimiento de su mamá, la señora Crescencia Saldierna; y para comprobar nuestro dicho.- A Ud. Ciudadano Juez pedimos se sirva examinar a los testigos que con nosotros firman la presente solicitud, y a quienes por conocernos desde hace más de tres años, les consta de ciencia cierta lo que hemos manifestado y solicitado de acuerdo con nuestros deseos. Al estar llenos los requisitos que previene la Ley de Relaciones Familiares, a Ud. igualmente pedimos, tenga a bien señalarnos día y hora para la celebración de nuestro matrimonio, que deseamos sea en la casa habitación de mi domicilio. Agua Buena, Junio 14 de 1931. PRETENZA Lorenza Ponce. PRETENDIENTE Ramón Parquet Basmueva. TESTIGOS: Antonio Rosas, Narciso Mateos, Alberto Enríquez, Francisco Hernández Guerrero. Se recibió la presente solicitud a las ocho horas del día quince de Junio de mil novecientos treinta y uno. Conste: E.P.M. Enc. del Registro Civil. En Agua Buena, Cabecera Provisional del Municipio de San Nicolás de los Montes, del Estado de San Luis Potosí, siendo las nueve horas del día quince de Junio de mil novecientos treinta y uno, presente ante mi, Presidente Municipal y Encargado del Registro Civil, el Sr. Ramón Parquet Basmueva, dijo llamarse como queda asentado, soltero de veinticinco años de edad, azucarero, originario de Cárdenas, Cuba, y vecino de Agua Buena, S.L.P. Dijo también que ratifica en todas sus partes la solicitud anterior, declarando que es cierto cuanto en ella expresa, por ser de su libre y “expontanea” voluntad unirse en legítimo matrimonio civil con la Joven Lorenza Ponce. DAMOS FE. E.P.M. y Encargado del Registro Civil Zúñiga. Pretendiente Ramón Parquet Basmueva. En la misma hora y día, presente ante mi. Presidente Municipal y Encargado del Registro Civil, la joven Lorenza Ponce, manifestó que su nombre es como queda asentado, soltera de dieciocho años de edad, ocupación propia de su sexo, originaria de Alaquines, S.L.P., y vecina de esta Hacienda de Agua Buena; igualmente manifestó que ratifica en todas sus partes la solicitud que contiene el escrito anterior, por ser de su libre y expontanea voluntad, y con el consentimiento de su madre Crescencia Saldierna Viuda de Ponce, para unirse en legítimo matrimonio civil con el Sr. Ramón Parquet Basmueva. DAMOS FE. E. P. M. y Encg. del Registro Civil Zúñiga. Pretensa Lorenza Ponce. En el mismo día, siendo las diez horas, presente ante mi, Presidente Municipal y Encargado del Registro Civil, la Señora Crescencia Saldierna Viuda de Ponce, y requerida de sus originales digo llamarse como queda dicho, viuda de cuarenta y dos años de edad, originaria de Lagunita de San Francisco, del Municipio de San Nicolás de los Montes, S.L.P., y actualmente vecina de la Hacienda de Agua Buena, de este mismo Estado; manifestó ser cierto que ella como madre de la joven Lorenza Ponce, dio su consentimiento para que su hija citada, contraiga matrimonio civil con el Sr. Ramón Parquet Basmueva. DAMOS FE. E. P. M. y Encg. del Registro Civil Zúñiga. Madre de la Pretensa, firma a su ruego el Sr. Narciso Mateos. Narciso Mateos. Agua Buena, S.L.P., Cabecera Provisional del Municipio de San Nicolás de los Montes, siendo las quince horas del quince de Junio de mil novecientos treinta y uno, presente ante mi, Presidente Municipal y Encargado del Registro Civil, el Sr. Narciso Mateos; manifestando sus originales dijo llamarse como queda dicho, casado, de cincuenta y siete años de edad, de profesión carpintero, originario de Meacatlán, del Estado de Morelos, y actualmente vecino de Agua Buena; y después de protestar conducirse con verdad, se le interrogó si conoce a los contrayentes de matrimonio civil, el Sr. Ramón Parquet Basmueva y a la joven Lorenza Ponce, si guardan el estado de solteros y si no hay algún impedimento para la celebración del matrimonio civil que solicitan.- A esto manifestó que ratifica en todas sus partes la declaración hecha en el escrito presentado por el Sr. Ramón Parquet Basmueva y por la joven Lorenza Ponce, que guardan el estado de solteros, que tienen la capacidad para contraer matrimonio civil, que no son parientes, por conocimiento que de ellos tiene desde hace más de tres años. DAMOS FE. E. P. M. y Encg. del Registro Civil Zúñiga. Testigo Narciso Mateos. En el mismo día y hora, presente ante mi, Presidente Municipal y Encargado del Registro Civil, el Sr. Alberto Enríquez, soltero de veinte siete años de edad, originario de Petatlán, del Estado de Guerrero y actualmente vecino de Agua Buena, después de protestar conducirse con verdad, se le interrogó si conoce a los solicitantes de matrimonio civil: el Sr. Ramón Parquet Basmueva y a la joven Lorenza Ponce, si guardan el estado de solteros que para estos casos exige la Ley de Relaciones Familiares, y si no son parientes.- A esto contestó: que ratifica en todas sus partes la solicitud de matrimonio civil que presentaron el Sr. Ramón Parquet Basmueva y la joven Lorenza Ponce, que tienen la capacidad suficiente para contraer matrimonio civil, que no son parientes, que guardan el estado de solteros, por conocimiento que de ellos tiene desde hace más de tres años. DAMOS FE. E. P. M. y Encg. del Registro Civil Zúñiga. Testigo Alberto Enríquez. En el mismo día, siendo las dieciséis horas, presente ante mi, Presidente Municipal y Encargado del Registro Civil, el Sr. Antonio Rozos, manifestando sus originales, dijo llamarse como queda asentado, soltero de veintiocho años de edad, de profesión químico azucarero, originario de La Habana, Cuba, y actualmente vecino de Agua Buena, S.L.P., después de protestar conducirse con verdad, se le interrogó si conoce al Sr. Ramón Parquet Basmueva y a la joven Lorenza Ponce, si guardan el estado de solteros, si no tiene ningún impedimento para contraer matrimonio civil que han solicitado.- A lo que manifestó que como testigo que se presenta y firmante también de la solicitud de matrimonio civil presentada por el Sr. Ramón Parquet Basmueva y la joven Lorenza Ponce, ratifica en todas sus partes la solicitud antes dicha, que no tienen los solicitantes ningún impedimento, que guardan el estado de solteros, por conocimiento que de ellos tiene desde hace más de tres años. DAMOS FE. E. P. M. y Encg. del Registro Civil Zúñiga. Testigo Antonio Rozos. En el mismo día, siendo las diecisiete horas, presente ante mi, Presidente Municipal y Encargado del Registro Civil, el Sr. Francisco Hernández Guerrero, preguntado de sus originales dijo llamarse como queda asentado, viudo de cincuenta y cinco años de edad, siendo su profesión la agricultura y comercio, originario de La Habana, Cuba, y actualmente vecino de la Hacienda de Agua Buena, S.L.P., después de protestar conducirse con verdad, se le interrogó sobre el conocimiento y capacidad que tenga de los solicitantes a contraer matrimonio civil, el Sr. Ramón Parquet Basmueva y la joven Lorenza Ponce.- A lo que contestó, que como testigo ratifica en todas sus partes la solicitud de matrimonio civil presentada por el Sr. Ramón Parquet Basmueva y la joven Lorenza Ponce, que tienen la capacidad suficiente para firmar su contrato matrimonial, que no son parientes; lo que manifiesta por conocimiento que de ellos tiene desde hace más de tres años. DAMOS FE. E. P. M. Encg. del Registro Civil Zúñiga. Testigo Francisco Hernández Guerrero. En Agua Buena, Cabecera Provisional del Municipio de San Nicolás de los Montes, del Estado de San Luis Potosí, siendo las diecisiete horas del día quince de Junio de mil novecientos treinta y uno, el C. Sixto Zúñiga, Presidente Municipal y Encargado del Registro Civil, dijo: VISTA la petición que antecede, hecha por el Sr. Ramón Parquet Basmueva y la joven Lorenza Ponce, estando el dicho de los dos a contraer matrimonio civil, comprobado ante mi, practicadas las diligencias de que habla la Ley de Relaciones Familiares, comprobado el estado de solteros que guardan los pretendientes, satisfechos los requisitos exigidos por la citada Ley, he tenido a bien, se proceda a verificar el matrimonio civil solicitado, en el local que ocupa el Sr. ramón Parquet Basmueva, como lo piden los pretensos, a las veintidós horas del presente día. DOY FE. El P. M. y Encg. del Registro Civil Sixto Zúñiga. En la misma hora fueron notificados los pretendientes del acto anterior, manifestando quedar conformes y firmaron. Pretendiente, Ramón Parquet Basmueva. Pretensa, Lorenza Ponce”.

jueves, julio 12, 2012

NOTA PERIODÍSTICA


“Se espera magnífica producción de caña. Un vocero autorizado del Ingenio Potosino de “Agua Buena”, informó ayer a este Diario, que la próxima zafra que se iniciará en diciembre, para terminar en mayo 31 del año que entra, será la mayor registrada en la historia cañera de San Luis Potosí, ya que se obtendrán más de 100,000 toneladas de caña, que arrojan de 8 a 9 millones de kilogramos de azúcar, misma que será destinada al consumo local. Además, informaron que por el momento se está trabajando a toda prisa en la reparación de la maquinaria del Ingenio de Agua Buena, para moler tal cantidad de caña. También se está llevando a cabo una serie de obras en los diferentes canales de regadíos de cañaverales en Agua Buena, y ya se está viendo que todos los campesinos se aprestan a realizar dichos trabajos que vendrán a ayudar a sortear su situación económica, pues en la época en que no hay molienda, los campesinos se ven muy apurados por falta de ingresos económicos”. El Miércoles 13 de Agosto de 1958, “El Heraldo”, de San Luis Potosí, publicaba la anterior nota, quizás con la idea de alentar a una población capitalina que presentaba dificultades para abastecerse del endulzante, mismo que oscilaba al precio de 1.35 pesos por kilogramo; de igual manera el maíz escaseaba. “El Ingenio Potosino de Agua Buena”, todo un orgullo estatal, la única gran industria de la región Huasteca y Media, una factoría que brindaba estabilidad económica y social a la región. Debido a esa categoría no era extraño que los diarios de la capital potosina dedicaran espacio en el interior de sus páginas para darle a conocer a sus lectores hasta los pormenores de la comunidad azucarera del paradisiaco y encantador tranquilo pueblo de Agua Buena -sin considerar los fines de semana-. La sencilla nota periodística nos proporciona interesante información, nos habla de una cosecha de 100 000 toneladas de caña de azúcar, esta cantidad si la dividimos entre un promedio de 60 toneladas por hectárea nos dice que entonces, la superficie de cultivo que abastece al Ingenio es de un poco más de 1,666 hectáreas. Además la conversión de ese total de caña solo se estima en 9 000 toneladas azúcar, lo que nos entera de un rendimiento en fábrica de solo 90 kilogramos del dulce por cada tonelada de caña cosechada. Zafras de seis meses, igual las “zufras”.

lunes, julio 09, 2012

CÁRCEL GUAJIRA


CARCEL GUAJIRA “C. Macedonio Guzmán Presidente del Comisariado Ejidal Ingenio Rascón, S.L.P. Por el presente me estoy permitiendo manifestar a usted que en mi estancia del día 25 de Agosto anterior en ese lugar y tratando algunos asuntos que competen a esta autoridad de mi cargo y que van por una parte a beneficio de ese lugar, el señor don Lino Montoya, Juez Auxiliar de ese lugar me indicó de la construcción de un edificio adecuado para la cárcel en ese lugar, y que para el objeto tenía en la Tesorería del Juzgado de su cargo algunos fondos dispuestos para iniciar dicho trabajo y que con este objeto ya este asunto lo había tratado con el señor Primitivo Contreras, cuando el tenía el cargo que hoy usted dignamente representa, que el señor Contreras le había manifestado dar su cooperación con los elementos necesarios y darle facilidades, para el transporte de los materiales. Por tal motivo me indicó el C. Juez Auxiliar de ese lugar en vista de que ya el señor Primitivo Contreras ya tenía el cargo anterior cuando él le manifestó prestarle la ayuda necesaria, pero que este asunto lo iba a tratar de nuevo con usted y con tal objeto ya el C. Juez se ha dirigido ante esta Presidencia Municipal indicando haber tratado el asunto de referencia y que usted le había manifestado no poder darle o prestarle dicha ayuda por tener ocupada la maquinaria en trabajos de la sociedad, por lo que he tomado debida nota sobre el particular. Pero con tal respecto debo de manifestarle a usted que al efectuarse dicha obra esta será para beneficio del mismo pueblo y por tal motivo por medio del presente me estoy permitiendo comunicarme directamente a usted con el fin de sugerirle y al mismo tiempo suplicando a usted nos indique a esta, si verdaderamente no le es posible prestar su cooperación a la construcción a esta obra, para así ordenar al C. Juez Auxiliar lo conducente a este asunto. Solo me resta dar a usted en caso de prestarnos su valiosa cooperación a este asunto, y aprovechando el presente, para reiterar las seguridades de consideración atenta y distinguida. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION Agua Buena, S.L.P. a 5 de septiembre de 1946”. La intención del inmueble en referencia solo quedó en pretensiones, así que cuando por algún delito alguien era detenido por las autoridades auxiliares, se le encerraba en un cuarto de la “Cooperativa Damián Carmona”; hoy oficinas ejidales, hasta que se ordenaba la papelería para su traslado a la Cabecera Municipal en Agua Buena.

FINANZAS MUNICIPALES DE 1941


Los movimientos financieros de nuestros pretéritos H. Ayuntamientos nos permiten vislumbrar un espacio de ejercicio imprimido en su esencia por el flujo económico del que eran sujetos. En sus Ingresos y Egresos, se percibe no solo la austeridad, sino quizás, la precaria condición para responder a exigencias sociales –si es que las hubo-, aunque, por otro lado, debe reconocerse que los informes presentados solo reflejaban lo que sus ejecutores deseaban, sin recibir por ello observaciones de ninguna índole. Presento aquí, solo algunos de ellos, correspondientes al año de 1941. “CORTE DE CAJA que manifiesta el movimiento de Ingresos y Egresos habido durante el mes de Mayo del año de mil novecientos cuarenta y uno en la Tesorería Municipal del Municipio de San Nicolás de los Montes con Cabecera Provisional en Agua Buena, S.L.P. INGRESOS: Por patente de alcoholes 54.70, por patente de comercio 88.25, por concepto de degüellos 9.20, por concepto de billares 17.30, funciones de cine en el mes 22.00, pisaje de plaza en el mes 33.00, suma total de los ingresos 224.45. EGRESOS: Sueldo del Presidente Municipal 30.00, sueldo del Secretario 30.00, sueldo del Tesorero 24.00, sueldo del Comandante de Policía y Auxiliares 40.00, sueldo del Ayudante de Escuela Oficial 20.00, gastos de escritorio y correspondencia 7.00, viaje del señor Presidente a San Luis Potosí 50.00, remitido al Estado en contribución Federal 23.45, suma total de los egresos 224.45. Municipio de San Nicolás de los Montes con Cabecera Provisional en Agua Buena, San Luis Potosí, a treinta de Mayo de mil novecientos cuarenta y uno. El Tesorero Municipal F. Rodríguez Ledesma. Vo. Bo. El Presidente Municipal”. “CORTE DE CAJA que manifiesta el movimiento de fondos habidos durante el mes de Junio del año de mil novecientos cuarenta y uno en la Tesorería Municipal del Municipio de San Nicolás de los Montes, con Cabecera Provisional en Agua Buena, San Luis Potosí. INGRESOS: Patente mercantil 53.25, expendios de cerveza 58.90, degüellos 18.60, cooperación cinematográfica 15.00, pisaje de plaza 33.00, molino de nixtamal 15.50, por concepto de multas 15.00, suma total de ingresos 209.25. EGRESOS: Sueldo del Presidente Municipal 30.00, sueldo del Secretario del H. Ayuntamiento 30.00, a cuenta de sueldo del Tesorero Municipal 12.00, sueldo del Comandante de Policía 25.00, auxiliares policiacos 16.00, un viaje a San Luis Potosí de H. Segura, en comisión 25.00, un viaje del Tesorero hacer cobros en Ingenio Rascón 8.00, gastos de escritorio durante el mes 12.00, contribución Federal 14.25, 40% adicional para remitir al Estado 37.00, suma total de los egresos 209.25. Agua Buena, S.L.P., junio 30 de 1941. Tesorero Municipal. Vo. Bo. Presidente Municipal”. “PRESUPUESTO que demuestra el movimiento de INGRESOS Y EGRESOS habidos mensualmente en el Municipio de San Nicolás de los Montes con Cabecera Provisional en Agua Buena, S.L.P. INGRESOS: Expendio de cerveza 54.70, patente comercial 88.25, concepto de degüellos 9.20, concepto de billares 17.30, funciones de cine 22.00, pisaje de plaza 24.00, molino de nixtamal 15.00, por extracción de piloncillo 12.00, total 242.45, de este monto el 15% corresponde a los cuatro primeros rubros como aportación/impuesto Federal. EGRESOS: Sueldo a Presidente Municipal 30.00, Sueldo de Secretario 30.00, Sueldo de Tesorero Municipal 30.00, Sueldo a Policías locales 40.00, para educación pública el pago de dos Profesores 70.00, para escritorio y correspondencia 15.00, contribuciones giradas al Estado como concepto Federal 23.45, Total de Egresos 238.45. De esa manera queda como diferencia 4.00 mismos que manejan como gratificación a los auxiliares de policía. Agua Buena, Cabecera Provisional del Municipio de San Nicolás de los Montes, San Luis Potosí, Julio de 1941. El Tesorero Municipal Fernando Rodríguez Ledesma. Vo. Bo. El Presidente Municipal”.

domingo, julio 08, 2012

PERIODICAZO A PÉREZ GALLARDO


La inestabilidad política de los inicios de la década de los cuarentas en la región fue quizás, en medida, reflejo del clima estatal que, acostumbrado en abordar actitudes intransigentes solía ordenar comportamientos de auto adhesión para aparentar una inexistente quietud social, contrario a los deseos esperados, los resultados finales de lo absurdo en cuestión, acabarían por echar abajo éste gobierno. La lección histórica no aprendida se sufriría con el arribo de otras figuras de corte militar al poder estatal. La siguiente es carta dirigida al Presidente Municipal de San Nicolás de los Montes, con Cabecera Provisional en Agua Buena, en ella se plasma un desbordado autoritarismo; propio de esos días. “San Luis Potosí, a 15 de Noviembre de 1940. C. Presidente Municipal. En la prensa de la Ciudad de México de hoy, aparece una noticia anónima en el sentido de que algunos Ayuntamientos de San Luis Potosí desconocen al Gobierno del Estado. Esta noticia es falsa, pero como pudiera desorientarse la opinión pública mediante la misma se servirán ustedes enviar inmediatamente mensaje telegráfico u Oficio al Ejecutivo del Estado con copia a la Cámara de Senadores y Presidente de la República diciendo: “DESMENTIMOS NOTICIA DE PRENSA QUE APARECE EN LOS PERIODICOS DE LA CIUDAD DE MEXICO, EL DIA DE HOY, PORQUE ES FALSA Y NO LA HEMOS AUTORIZADO EN NINGUNA FORMA.- DECLARAMOS RESPALDAR FIRMEMENTE EL LIGITIMO GOBIERNO DEL ESTADO, PRECIDIDO POR EL C. GENERAL REYNALDO PEREZ GALLARDO Y SU LABOR REVOLUCIONARIA AL FRENTE DEL MISMO”. Atentamente SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION El Gobernador Constitucional del Estado Gral. Reynaldo Pérez Gallardo. El Secretario General de Gobierno. Lic. Felipe Cardiel Reyes”. El General Reynaldo Pérez Gallardo fue desconocido como Gobernador Constitucional por el Congreso Federal, el 19 de agosto de 1941, al salir a la luz la participación de éste en los asesinatos del Lic. Armando Courtade y de la hermana del ya entonces desaparecido Saturnino Cedillo; Higinia Cedillo. En su lugar, para variar, se nombró a otro militar, el Coronel Ramón Jiménez Delgado.

SOLICITUD DEL “ALIANZA POPULAR”

“SOLICITUD de concesión para aprovechar en uso industrial las aguas del río Tamasopo, municipio del mismo nombre, S.L.P.   Al margen u...